Agravantes y sanciones por extorsión: hasta 42 años de prisión en los casos más graves

La pena por el delito de extorsión contempla sanciones severas que van de 15 a 25 años de prisión como castigo base. Sin embargo, la ley establece múltiples agravantes que pueden incrementar la sentencia entre 3 y 17 años adicionales, lo que permite alcanzar hasta 42 años de cárcel en los casos más graves.
Entre las circunstancias que agravan este delito se incluyen: el uso de violencia física o moral, especialmente cuando se exige el pago de daños derivados de un hecho de tránsito provocado de manera intencional, sin importar si se obtuvo o no un beneficio económico. También se sanciona con mayor severidad cuando la extorsión deriva de un accidente simulado para reclamar daños en bienes propios.
Otras agravantes aplican cuando el responsable utiliza armas reales o falsas, o cuando se ostenta como integrante de un grupo delictivo, ya sea de manera real o simulada. También se aumenta la pena si se intenta impedir que la víctima denuncie, o cuando la extorsión busca vulnerar la libertad de expresión o el trabajo de defensores de derechos humanos.
Se considera más grave si la persona que comete el delito simula ser empleado de una institución pública o financiera con el fin de obtener datos personales o bancarios de la víctima. Lo mismo ocurre cuando participa un servidor público, un exfuncionario, un integrante o exintegrante de una empresa de seguridad privada o cuando el extorsionador opera desde un centro penitenciario.
Asimismo, se aplican agravantes si el delito afecta de manera directa la economía de una comunidad, si el beneficio obtenido proviene del erario, si se utilizan menores de edad, o si la extorsión se dirige contra un servidor público por razón de su cargo. También incrementan la pena los casos en los que intervienen dos o más personas o cuando el responsable porta vestimentas o identificaciones utilizadas por corporaciones de seguridad.
En el caso de extorsión cometida por servidores públicos, además de la pena de prisión correspondiente, se impone la destitución del cargo y la inhabilitación para ocupar cualquier puesto público por un periodo igual al de la sentencia, que comenzará a contarse una vez cumplida la pena privativa de libertad. Estas sanciones se aplican sin perjuicio de las que correspondan por otros delitos relacionados.






