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Crisis de seguridad en Ecuador, ¿Qué está pasando?

El presidente de Ecuador, Daniel Noboa, declaró este martes la existencia de un “conflicto armado interno” en el país tras la escalada de violencia que ha azotado al territorio durante las últimas horas.

La decisión se produce un día después de que el Gobierno declarara el estado de excepción por la situación de violencia en el país, derivada de la fuga del criminal Adolfo Macías, alias “Fito”, uno de los líderes de Los Choneros, de un penal de Guayaquil, así como de enfrentamientos en otras cárceles.

En el texto del decreto, el Gobierno califica como “terroristas y actores no estatal beligerantes” a 22 organizaciones criminales. En la lista están Águilas, ÁguilasKiller, AK47, Caballeros Oscuros, ChoneKiller, Choneros, Covicheros, Cuartel de las Feas, Cubanos, Fatales, Gánster, Kater Piler, Lagartos, Latin Kings, Lobos, Los p.27, Los Tiburones, Mafia 18, Mafia Trébol, Patrones, R7 y Tiguerones.

“He ordenado a las Fuerzas Armadas ejecutar operaciones militares para neutralizar a estos grupos”, dijo Noboa en el mensaje de X que acompaña al decreto. El decreto número 111, por el cual el presidente de Ecuador declaró la existencia de un “conflicto armado interno”, implica la movilización inmediata y la intervención de las fuerzas de seguridad en el territorio nacional contra el crimen organizado.

La medida ordena “disponer la movilización e intervención de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional en el territorio nacional para garantizar la soberanía e integridad territorial contra el crimen organizado transnacional, organizaciones terroristas y los actores no estatales beligerantes conforme lo expuesto en el presente Decreto Ejecutivo”.

Además, habilita a las Fuerzas Armadas a “ejecutar operaciones militares, bajo el derecho internacional humanitario y respetando los derechos humanos, para neutralizar a los grupos identificados”.

La declaración de un “conflicto armado interno” es adicional, según el decreto 111, al estado de excepción y toque de queda decretado previamente por Noboa debido a la “grave conmoción interna”.

Según el artículo 164 de la Constitución de Ecuador, el presidente de la República “podrá decretar el estado de excepción en todo el territorio nacional o en parte de él en caso de agresión, conflicto armado internacional o interno, grave conmoción interna, calamidad

 

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