Puebla, Pue.- Como una herramienta necesaria y útil para darle certeza legal tanto a los abogados como a los clientes, fue como calificaron algunos abogados la recién expedida Ley de Aranceles para el cobro de Honorarios, que establece tarifas para los prestadores de servicios legales que no celebran contratos de prestación de servicios.
Recientemente el pleno del Congreso del Estado expidió la Ley de Aranceles para el cobro de honorarios de los Abogados, la cual pretende regular los servicios de estos profesionales y así evitar, entre otras cosas, abusos por parte de los abogados al momento de cobrar por sus servicios.
En entrevista con Callejero Noticias, el abogado Mario Méndez expuso que era necesario una actualización a la Ley de Aranceles que permitiera garantizar un pago justo para los ciudadanos que, en algún momento, puedan requerir de un servicio de abogacía.
“Pues yo creo que al final del día hay que tomar la ley como lo que es, una regulación, al final del día en favor de la sociedad y en favor también de la abogacía, porque repito, la ley que teníamos anteriormente estaba completamente fuera de la realidad”, sostuvo.
Sin embargo la regulación actual establece que este tabulador únicamente podrá ser aplicado ante la falta de un contrato, pacto o convenio por escrito entre el abogado y el cliente, esto quiere decir que si el abogado presta sus servicios a través de un contrato, este tabulador no podrá ser aplicado.
“Yo creo que también ha habido un exceso desmedido por parte también de de varios colegas, en donde incluso la misma ley te lo establece”, señaló respecto a las altas tarifas de algunos abogados, así como a las reglas que debe de haber como los servicios adicionales como copias, servicios periciales, entre otros.
Según el tabulador publicado en la Ley de Aranceles, una de las tarifas más altas permitidas en estos caso es la que corresponde a los honorarios por la defensa general del proceso en primera instancia, la cual es de hasta 600 Unidades de Medida de Actualización, equivalente en este 2024 a $65 mil 142 pesos.
Costos por especialidad se quedaron cortos
Aunque la Ley de Aranceles contempla que el tabulador solamente puede ser reclamado por abogados que cuenten con título y cédula profesional, lo cierto es que también contempla que los prestadores de servicios pueden cobrar un mayor porcentaje si cuentan con alguna especialidad educativa.
Por ejemplo, el Artículo 13 establece que por cada diploma de especialidad pueden aumentar su tarifa uno por ciento; por cada maestría pueden aumentar un dos por ciento; mientras que por doctorado pueden aumentar el precio hasta un tres por ciento.
Al respecto, el abogado Mario Méndez consideró que los incrementos que contempla la Ley de Aranceles no son del todo justos pues los grados estudiantiles demuestran una mayor capacidad del abogado pero además tienen detrás un esfuerzo e inversión.
“La verdad es que creo que queda muy corta (…) se me hace demasiado escueto, por ese lado no sé, creo que a lo mejor pudiéramos hablar de un 10 y hasta un 20 por ciento, para ser un poquito más aterrizado la realidad”, señaló el abogado.